Con sentencia del 10 de noviembre el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha declarado inadmisible la solicitud del amparo constitucional a fin de que se pueda reanudar la recolección del 20% para solicitar el Referéndum Revocatorio al presidente Nicolás Maduro.
El amparo habría sido interpuesto por el ciudadano Julio Pérez Graterol, quien tenía el alegato de “la violación del derecho al sufragio y a la representación proporcional en el sufragio”.
Según la decisión del máximo tribunal del país fue desestimada “por inepta acumulación de pretensiones, de acuerdo a lo expresado en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil.
La sentencia del TSJ ocurre horas antes de la nueva mesa diálogo con la oposición, en donde la Mesa de la Unidad, pretende tocar el tema de la reactivación de la recolección del 20% para poder activar el Referéndum Revocatorio contra el gobierno del presidente Nicolás Maduro Moros.
Vía La Patilla