Disparar hacia el rostro es uno de los patrones de represión que emplearon los cuerpos de seguridad del Estado durante las manifestaciones en Mérida. De acuerdo con el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes, 29 personas, entre ellas algunas que no estaban involucradas en las protestas, recibieron disparos certeros de perdigones, balines o cabillas en los ojos.
El estudio realizado desde el 25 de abril al 27 de julio muestra que al menos una persona fue atacada en los ojos cada cuatro días. Las víctimas son personas provenientes de Mérida, Pueblo Llano, Santa Cruz, Ejido y Lagunillas, y fueron atendidas en dos centros de salud pública.
En el informe se registran 22 pacientes con una edad promedio de 23 años, 95,45% son hombres. Luego de haber sido publicado recibieron otras denuncias que aumentaron las cifras.
El 5 de mayo fue el día con mayor registro de casos. Cinco adolescentes que protestaban frente a su colegio ingresaron al centro de salud con disparos en el órgano ocular. Uno de ellos requirió ser eviscerado (vaciar el ojo).
De las 29 personas, 8 perdieron un ojo y necesitaron prótesis, las cuales tienen un precio por encima de 2 millones de bolívares. “90% de las familias de esos pacientes son de bajos recursos. Han necesitado donaciones para poder ser operados. Las prótesis no se consiguen en Venezuela”, declaró un miembro del Observatorio, que pidió no citar su nombre.
En uno de los centros de salud atendieron a 17 pacientes, de los cuales a 9 les penetraron los perdigones y 4 presentaron lesiones en ambos ojos. “El hecho de que te ataquen en la cabeza implica una gran represión. A unas personas que están con piedras y escudos de cartón no le puedes disparar con un arma pesada”, manifestó.
Los pacientes que presentaron lesiones menos graves están expuestos a padecer de catarata, ceguera y dolores de cabeza frecuentes durante el tiempo de recuperación. Los demás presentan limitaciones en el desenvolvimiento diario. También requirieron atención psicológica debido al trauma.
“Un joven se desmayó al ser informado de que perdería el ojo. Otros lloraron y se niegan al hecho. Los pacientes caen en estados depresivos”, contó una de las especialistas que ha atendido los casos.
El Observatorio considera que, con estos casos, el Estado viola el artículo 55 de la Constitución, los artículos 68, 69 y 70 de la Ley del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional; los artículos del 20 al 24 de la Resolución 8610 sobre las normas de la actuación de la FANB. Así como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, establecido por la Organización de Naciones Unidas (1990) y los Convenios de Ginebra y sus protocolos.